lunes, 21 de septiembre de 2015

Conquista en la mili (XIX)

1808

Tras los sucesos del “2 de Mayo”, la provincia de Córdoba entra en conmoción, que también se extendió a todos sus pueblos.
No creemos que Don Ladislao Ocaña, oriundo de Móstoles y Torrejón, de segundo apellido, se trajera el Bando de Independencia firmado por Andrés Torrejón, alcalde de su pueblo, Móstoles, animando al levantamiento contra los franceses:
Señores Justicias de los pueblos a quienes se presentase este oficio, de mí el Alcalde de la villa de Móstoles:
Es notorio que los Franceses apostados en las cercanías de Madrid y dentro de la Corte, han tomado la defensa, sobre este pueblo capital y las tropas españolas; por manera que en Madrid está corriendo a esta hora mucha sangre; como Españoles es necesario que muramos por el Rey y por la Patria, armándonos contra unos pérfidos que so color de amistad y alianza nos quieren imponer un pesado yugo, Después de haberse apoderado de la Augusta persona del Rey; procedamos pues, a tomar las activas providencias para escarmentar tanta perfidia, acudiendo al socorro de Madrid y demás pueblos y alentándonos, pues no hay fuerzas que prevalezcan contra quien es leal y valiente, como los Españoles lo son.
Dios guarde a Ustedes muchos años.
Móstoles dos de Mayo de mil ochocientos y ocho.
Andrés Torrejón
Simón Hernández”

Sea como fuere, la realidad es que la Junta Provincial de Gobierno declara la guerra al invasor francés, con fecha 6 de junio de 1808, un día antes de la entrada del general Dupont en Córdoba (7 de junio), de la que se vio obligado a salir tras la Batalla de Bailén (19 de julio de 1808).
Tras la victoria de Bailén, la Junta Suprema de Sevilla ordena una leva de 4.000 hombres en el reino de Córdoba, además de requisar caballos, alimentos, ropas de abrigo, etc[1].
Sabemos que Conquista  tuvo que contribuir con granos al mantenimiento del ejército español levantado contra los franceses y  que debió poner los fondos del Pósito a disposición de los fines bélicos[2]. No sabemos, sin embargo si salió algún soldado para unirse a los 1.000[3], que se pudieron levar y ponerlos bajo el mando de Francisco Carvajal.

1809

Por Circular de 12 de febrero de 1809 se convoca una nueva leva de soldados para la lucha antifrancesa en suelo español. Nosotros, sin embargo aún no hemos encontrado documentación que nos informe si se apuntó algún voluntario a la leva convocada por la Junta Suprema de Sevilla.

1810

El 23 de enero de 1810, entran en Córdoba, las tropas del mariscal Víctor y el 26, lo hace José I.
Una de las primeras medidas[4] del Gobernador General de los Reinos de Córdoba y Jaén, Barón de Godínez, es la desmovilización del ejército insurrecto español, cuyos soldados habrán de abandonar las armas y presentarse ante las autoridades en el plazo de 24 horas para prestar juramento de fidelidad al Rey José I y de que “(no volverán)  a tomar las armas contra las tropas reales, las imperiales ni las aliadas”.
Un bando posterior del Duque de Dalmacia[5] ordena que, “hasta el perfecto restablecimiento de la tranquilidad pública”, los soldados que pertenecieron al Ejército insurgente deberán presentarse semanalmente. En caso de no hacerlo, sus familias serán castigadas a pagar una multa de 8 reales por cada día de falta y prestar 3 días de trabajos gratuitos en beneficio de la comunidad por cada semana de ausencia.
Más tarde, se reorganiza el Ejército francés y en él se enrolan forzosamente a los soldados que antes fueron insurgentes, según orden dictada por el Mariscal de Campo, don Juan Bautista de Castro, de fecha 8 de octubre de 1810.
A partir de enero de 1810, militarmente hablando, Conquista pertenece a la Prefectura de Córdoba bajo las órdenes del Mariscal Soult. Se sabe que en agosto de 1810, Pozoblanco fue ocupado por  la 5ª división del ejército del general Blake, mandada por el brigadier Creagh.
En la reforma de 25 de julio de 1811, Conquista¸ probablemente, se integre en el Partido Militar de Montoro de 3ª clase, a las órdenes del Mayor Boussoles.
No disponemos de documentación alguna, si existiere, de estos años de la ocupación francesa o de si se organizó también en Conquista la milicia cívica con hombres voluntarios y sanos física y moralmente, entre 17 y 60 años, encargados de “cuidar de la tranquilidad interior de los pueblos”, aunque sí sabemos que había por aquí “partidas” antifrancesas.
No obstante, sí sabemos que debió ser ocupado y esquilmado, pues “el Sor Gefe Supor Político (Gobernador Civil) en 19 de Mayo (1821) remite su informe a la solicitud hecha por el Ayuntamto de Conquista sobre qe se incluya en la gracia qe concedió el Decreto de 24 de Novre (1820) las 607 fanas de trigo extraídas del Pósito de ella por los Comandantes militares del tiempo de la dominación enemiga”[6].

1812


El país se levanta contra la invasión napoleónica dirigido por militares, más o menos, profesionalizados, que comanda columnas populares, muchas veces constituidas al margen de la Autoridad del lugar.
Es preciso, pues, dar reglamentación a lo que popularmente ya está organizado debido al desprestigio del Ejército regular en su oposición a la ocupación francesa, sin que esto quiera decir que las milicias que sancionarán las Cortes de Cádiz sean el simple reconocimiento oficial de la “guerrilla” asimilándola a una institución legalmente reconocida.
No. La “guerrilla” fue una táctica militar usada por los paramilitares españoles de la resistencia ante el invasor francés: Napoleón.
Las milicias, por el contrario, son una fuerza cívico-militar[7] con funciones de salvaguarda del orden establecido y complemento del ejército regular en caso de ser necesario.
Así, pues, por un lado tenemos la recluta  de soldados de forma organizada, intentada ya por el Cardenal Cisneros y que se instaura realmente con los Borbones, o sea, el servicio militar obligatorio que implantan las Cortes de Cádiz, de 1812, que dictaminan que “está (...) obligado todo español a defender la patria con las armas, cuando sea llamado por ley[8]; de modo que “ningún español podrá excusarse del servicio militar cuando y en la forma que fuere llamado por ley[9]”.
Y, por otro, tenemos la milicia que es sancionada en el Capítulo II del Título VIII “De la fuerza militar nacional” de la Constitución de 1812 que crea las “milicias nacionales”:
Art. 362. Habrá en cada provincia cuerpos de milicias nacionales, compuestos de habitantes de cada una de ellas, con proporción a su población y circunstancias.
Art. 363. Se arreglará por una ordenanza particular el modo de su formación, su número y especial constitución en todos sus ramos.
Art. 364. El servicio de estas milicias no será continuo, y sólo tendrá lugar cuando las circunstancias lo requieran.
Art. 365. En caso necesario podrá el Rey disponer de esta fuerza dentro de la respectiva provincia, pero no podrá emplearla fuera de ella sin otorgamiento de las Cortes”

1814

Por Decreto de las Cortes de Cádiz, de fecha 15 de abril de 1814, se crean las “milicias nacionales”, pocos días antes, por cierto, de que el “Deseado” Fernando VII, por su decreto del 4 de  mayo siguiente, derogue la Constitución que las sancionaba.
No obstante, la gobernación del Trienio Liberal (1820-1823) reconstituyó de nuevo la Milicia, que, con el fin del Trienio es transformada en los llamados “Voluntarios Realistas”
Dependencia. La organización, reemplazo, armamento, mantenimiento, fondos,...corresponde al ayuntamiento de la localidad[10] y/o del Partido.
Así, pues, su jefe político es el Alcalde, quien a su vez preside la Comisión Municipal de la Milicia integrada, además, por dos ediles de su Corporación.
Incorporación. Para alistarse en la Milicia hay que solicitarlo en el Ayuntamiento[11].
La estructuración militar de las Milicias inscribía  a sus individuos en las armas de Infantería, Caballería y Artillería.
La infantería se agrupaba en batallones (unos 500 hombres) compuestos de una compañía de granaderos (los de mayor talla), dos compañías de infantes y una compañía de cazadores (los de menor talla).
La caballería, por su parte, formaba escuadrones
Las funciones[12] que cumple la Milicia Nacional son las que corresponden a su carácter de guardia civil del momento:
- Guardar los campos (Milicia rural).
- Mantener el orden público.
- Defender el orden constitucional, aunque esto supusiera, en ocasiones,  ponerse del lado/en contra  del Gobernante que presidiera el Consejo de Ministros[13].

                                   Y la mili continúa.






[1] Orden de la Junta Suprema de 30-11-1808.
[2] Del Pósito se extraían los dineros necesarios para poner  a los soldados en el lugar de concentración, Sevilla, a razón de 4 reales por soldado y día más los gastos del Comisionado que hace la presentación.
[3] La gente no estaba demasiado por la labor.
[4] Decreto de 7 de febrero de 1810, pregonado en todos los pueblos.
[5] Nicolás Juan de Dios Soult, duque de Dalmacia, mariscal de Francia y General en Jefe del Ejército Imperial de Medio Día  (Saint- Amans-La Bastide, 1769-1851).
[6] ES 0214 ADCO HL 962, entrada nº 1224.
[7] Parafraseando a uno de los eslóganes franquistas, sus componentes eran mitad ciudadano-mitad soldado.
[8] Art. 9 Constitución de 1812.
[9] Art. 361. C. de 1812.
[10] Art. 166 de las ordenanzas de 1822.
[11] Art. 177 de las Ordenanzas.
[12] Ordenanzas de 1822, Título IV.
[13] Ejemplo de esto es el decreto de la Regencia del Reino, general Espartero, que concede condecoraciones a los milicianos que tomaron parte en el Pronunciamiento (“glorioso Alzamiento Nacional”) del General Joaquín Baldomero Fernández Espartero Álvarez de Toro, 01/09/1840.
Por otro lado, fueron condecorados los milicianos que se opusieron a la expedición del carlista general Gómez, 1836.
Sin embargo, en otra ocasión tuvieron que defender a Narváez. Con ocasión de su entrada en Madrid 23 de julio de 1843), el pueblo tuvo que celebrarlo con repique de campanas, luminarias en las calles, etc. y la Milicia Nacional local es desarmada. 

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