Conquista en la
mili (XIX)
1808
Tras los sucesos del “2 de Mayo”, la provincia de Córdoba entra
en conmoción, que también se extendió a todos sus pueblos.
No creemos que Don Ladislao Ocaña, oriundo de Móstoles y Torrejón, de segundo apellido, se trajera
el Bando de Independencia firmado por Andrés Torrejón, alcalde de
su pueblo, Móstoles, animando al levantamiento contra los franceses:
“Señores Justicias de los pueblos a quienes se presentase este
oficio, de mí el Alcalde de la villa de Móstoles:
Es notorio
que los Franceses apostados en las cercanías de Madrid y dentro de la Corte,
han tomado la defensa, sobre este pueblo capital y las tropas españolas; por
manera que en Madrid está corriendo a esta hora mucha sangre; como Españoles es
necesario que muramos por el Rey y por la Patria, armándonos contra unos
pérfidos que so color de amistad y alianza nos quieren imponer un pesado yugo,
Después de haberse apoderado de la Augusta persona del Rey; procedamos pues, a
tomar las activas providencias para escarmentar tanta perfidia, acudiendo al
socorro de Madrid y demás pueblos y alentándonos, pues no hay fuerzas que
prevalezcan contra quien es leal y valiente, como los Españoles lo son.
Dios guarde a Ustedes muchos años.
Móstoles
dos de Mayo de mil ochocientos y ocho.
Andrés
Torrejón
Simón
Hernández”
Sea como fuere, la realidad es que la Junta Provincial de Gobierno
declara la guerra al invasor francés, con fecha 6 de junio de 1808, un día
antes de la entrada del general Dupont en Córdoba (7 de junio), de la que se
vio obligado a salir tras la Batalla de Bailén (19 de julio de 1808).
Tras la victoria de
Bailén, la Junta Suprema de Sevilla ordena una leva de 4.000 hombres en el
reino de Córdoba, además de requisar caballos, alimentos, ropas de abrigo, etc[1].
Sabemos que Conquista tuvo
que contribuir con granos al mantenimiento del ejército español levantado
contra los franceses y que debió poner
los fondos del Pósito a disposición de los fines bélicos[2].
No sabemos, sin embargo si salió algún soldado para unirse a los 1.000[3],
que se pudieron levar y ponerlos bajo el mando de Francisco Carvajal.
1809
Por
Circular de 12 de febrero de 1809 se convoca una nueva leva de soldados para la
lucha antifrancesa en suelo español. Nosotros, sin embargo aún no hemos
encontrado documentación que nos informe si se apuntó algún voluntario a la
leva convocada por la Junta Suprema de Sevilla.
1810
El 23 de enero de 1810,
entran en Córdoba, las tropas del mariscal Víctor y el 26, lo hace José I.
Una
de las primeras medidas[4]
del Gobernador General de los Reinos de Córdoba y Jaén, Barón de Godínez, es la desmovilización del ejército insurrecto
español, cuyos soldados habrán de abandonar las armas y presentarse ante las
autoridades en el plazo de 24 horas para prestar juramento de fidelidad al Rey
José I y de que “(no volverán) a tomar las armas contra las tropas reales,
las imperiales ni las aliadas”.
Un
bando posterior del Duque de Dalmacia[5]
ordena que, “hasta el perfecto
restablecimiento de la tranquilidad pública”, los soldados que
pertenecieron al Ejército insurgente deberán presentarse semanalmente. En caso
de no hacerlo, sus familias serán castigadas a pagar una multa de 8 reales por
cada día de falta y prestar 3 días de trabajos gratuitos en beneficio de la
comunidad por cada semana de ausencia.
Más tarde, se
reorganiza el Ejército francés y en él se enrolan forzosamente a los soldados que
antes fueron insurgentes, según orden dictada por el Mariscal de Campo, don
Juan Bautista de Castro, de fecha 8 de octubre de 1810.
A partir de enero de 1810, militarmente
hablando, Conquista pertenece a la Prefectura de Córdoba bajo las
órdenes del Mariscal Soult. Se sabe que en agosto de 1810, Pozoblanco fue ocupado por la 5ª división del ejército del general
Blake, mandada por el brigadier Creagh.
En la reforma de 25 de julio de 1811, Conquista¸ probablemente, se integre en el Partido
Militar de Montoro de 3ª clase, a las órdenes del Mayor Boussoles.
No disponemos de documentación alguna,
si existiere, de estos años de la ocupación francesa o de si se organizó
también en Conquista la milicia cívica con hombres voluntarios y
sanos física y moralmente, entre 17 y 60 años, encargados de “cuidar de la tranquilidad interior de los
pueblos”, aunque sí sabemos que había por aquí “partidas” antifrancesas.
No obstante, sí sabemos que debió ser ocupado
y esquilmado, pues “el Sor Gefe Supor Político
(Gobernador Civil) en 19 de Mayo (1821) remite su informe a la
solicitud hecha por el Ayuntamto de Conquista sobre qe
se incluya en la gracia qe concedió el Decreto de 24 de Novre
(1820) las 607 fanas de trigo extraídas del Pósito de ella
por los Comandantes militares del tiempo de la dominación
enemiga”[6].
1812
El país se
levanta contra la invasión napoleónica dirigido por militares, más o menos,
profesionalizados, que comanda columnas populares, muchas veces constituidas al
margen de la Autoridad del lugar.
Es preciso, pues, dar
reglamentación a lo que popularmente ya está organizado debido al desprestigio
del Ejército regular en su oposición a la ocupación francesa, sin que esto
quiera decir que las milicias que sancionarán las Cortes de Cádiz sean
el simple reconocimiento oficial de la “guerrilla” asimilándola a una
institución legalmente reconocida.
No. La “guerrilla” fue una
táctica militar usada por los paramilitares españoles de la resistencia ante el
invasor francés: Napoleón.
Las milicias, por el
contrario, son una fuerza cívico-militar[7] con funciones de
salvaguarda del orden establecido y complemento del ejército regular en caso de
ser necesario.
Así, pues, por un lado tenemos la
recluta de soldados de forma organizada,
intentada ya por el Cardenal Cisneros y que se instaura realmente con los
Borbones, o sea, el servicio militar obligatorio que implantan las Cortes de
Cádiz, de 1812, que dictaminan que “está (...) obligado todo español
a defender la patria con las armas, cuando sea llamado por ley[8]”;
de modo que “ningún español podrá excusarse del servicio militar cuando y en
la forma que fuere llamado por ley[9]”.
Y, por otro,
tenemos la milicia que es sancionada en el Capítulo II del Título VIII “De la fuerza militar nacional” de la
Constitución de 1812 que crea las “milicias
nacionales”:
Art. 362. Habrá en cada provincia cuerpos de
milicias nacionales, compuestos de habitantes de cada una de ellas, con
proporción a su población y circunstancias.
Art. 363. Se arreglará por una ordenanza particular
el modo de su formación, su número y especial constitución en todos sus ramos.
Art. 364. El servicio de estas milicias no será
continuo, y sólo tendrá lugar cuando las circunstancias lo requieran.
Art. 365. En caso necesario podrá el Rey disponer de
esta fuerza dentro de la respectiva provincia, pero no podrá emplearla fuera de
ella sin otorgamiento de las Cortes”
1814
Por Decreto de
las Cortes de Cádiz, de fecha 15 de abril de 1814, se crean las “milicias nacionales”, pocos días antes, por cierto, de que el “Deseado”
Fernando VII, por su decreto del 4 de
mayo siguiente, derogue la Constitución que las sancionaba.
No obstante, la gobernación del Trienio Liberal (1820-1823)
reconstituyó de nuevo la Milicia, que, con el fin del Trienio es transformada
en los llamados “Voluntarios
Realistas”
Dependencia.
La organización, reemplazo, armamento, mantenimiento, fondos,...corresponde al
ayuntamiento de la localidad[10] y/o
del Partido.
Así, pues, su jefe político es el Alcalde, quien a su vez preside la
Comisión Municipal de la Milicia integrada, además, por dos ediles de su
Corporación.
Incorporación.
Para alistarse en la Milicia hay que solicitarlo en el Ayuntamiento[11].
La estructuración militar de las Milicias inscribía
a sus individuos en las armas de Infantería, Caballería y Artillería.
La infantería se agrupaba en batallones (unos 500
hombres) compuestos de una compañía de granaderos (los de mayor talla), dos
compañías de infantes y una compañía de cazadores (los de menor talla).
La caballería, por su parte, formaba escuadrones
Las funciones[12] que cumple la Milicia
Nacional son las que corresponden a su carácter de
guardia civil del momento:
- Guardar los campos (Milicia rural).
- Mantener el orden público.
- Defender el orden constitucional, aunque esto supusiera, en ocasiones, ponerse del lado/en contra del Gobernante que presidiera el Consejo de
Ministros[13].
Y
la mili continúa.
[1] Orden de la Junta Suprema de
30-11-1808.
[2] Del Pósito se extraían los
dineros necesarios para poner a los
soldados en el lugar de concentración, Sevilla, a razón de 4 reales por soldado
y día más los gastos del Comisionado que hace la presentación.
[3] La gente no estaba demasiado
por la labor.
[4] Decreto de 7 de febrero de
1810, pregonado en todos los pueblos.
[5] Nicolás
Juan de Dios Soult, duque de
Dalmacia, mariscal de Francia y General en Jefe del Ejército
Imperial de Medio Día (Saint- Amans-La
Bastide, 1769-1851).
[6] ES
0214 ADCO HL 962, entrada nº 1224.
[7] Parafraseando a uno de los
eslóganes franquistas, sus componentes eran mitad ciudadano-mitad soldado.
[8] Art. 9 Constitución de 1812.
[9] Art. 361. C. de 1812.
[10] Art. 166 de las ordenanzas
de 1822.
[11] Art. 177 de las Ordenanzas.
[12] Ordenanzas de 1822, Título
IV.
[13] Ejemplo de esto es el
decreto de la Regencia del Reino, general Espartero, que concede
condecoraciones a los milicianos que tomaron parte en el Pronunciamiento (“glorioso
Alzamiento Nacional”) del General Joaquín Baldomero
Fernández Espartero Álvarez de Toro, 01/09/1840.
Por otro lado, fueron condecorados los
milicianos que se opusieron a la expedición del carlista general Gómez, 1836.
Sin embargo, en otra ocasión tuvieron que
defender a Narváez. Con ocasión de su entrada en Madrid 23 de julio de 1843),
el pueblo tuvo que celebrarlo con repique de campanas, luminarias en las
calles, etc. y la Milicia Nacional local es desarmada.
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